boletín de evitación de responsabilidad – abril 2014
Usted puede haber estado ejerciendo en el área de enfermería perioperatoria durante algún tiempo y ha decidido asumir un» nuevo » papel, el de Primer Asistente de RN. Los primeros asistentes de enfermería desempeñan un papel ampliado y trabajan en colaboración con el cirujano y otros miembros del equipo de salud perioperatorio. La RNFA practica bajo la dirección del cirujano., Los primeros asistentes de RN no funcionan como una enfermera de matorral ni como «enfermera instrumental» al mismo tiempo que se desempeñan en el papel de RNFA.1
como probablemente haya escuchado, no puede simplemente «declararse» un primer asistente de RN. Usted debe completar un curso educativo, formal post-básico de enfermería que es aprobado por la Junta Estatal de enfermería, ya sea a través de una entidad privada o a través de un curso aprobado en un colegio o universidad acreditada. También se requiere la certificación como CNOR o APRN.,2 y, para el 1 de enero de 2020, La Asociación de enfermeras registradas perioperatorias requerirá que el nivel educativo para ingresar en un programa de RNFA, y la práctica posterior, sea el título de Bachillerato.3
la Asociación también ha definido el alcance de la práctica del Primer Asistente de enfermería., Aunque el alcance variará dependiendo de los requisitos de la Ley de práctica de enfermería del Estado, las poblaciones de pacientes y la política de una institución, algunas de las funciones de la RNFA incluyen el manejo preoperatorio del paciente en colaboración con otros proveedores de atención médica, técnicas intraoperatorias como sutura, manipulación y/o corte de tejido, y el manejo del paciente postoperatorio en colaboración con otros miembros del equipo de salud.4
también se recomiendan privilegios clínicos para la RNFA., El proceso de privilegio clínico debe incluir la verificación de las calificaciones individuales de la RNFA, la definición de líneas de responsabilidad y la verificación de la capacidad física de la RNFA para desempeñar el papel.,R su práctica como RNFA;
notas al pie de página
este boletín es para fines educativos solamente y no debe ser tomado como consejo legal específico o de otro tipo por el lector. SI SE NECESITA ASESORAMIENTO LEGAL O DE OTRO TIPO, SE ANIMA AL LECTOR A BUSCAR ASESORAMIENTO DE UN PROFESIONAL COMPETENTE.